Tienes pagos atrasados de renta? Necesitas ayuda para pagar tu alquiler?

La Fundación del Colegio Hartnell es una de 13 agecias y organizaciones que están ayudando al Condado de Monterey a utilizar fondos de ayuda estatal y federal, para apoyar el Programa de Asistencia de Emergencia para Alquiler también conocida como SB91 del Condado de Monterey (ERAP). El ERAP distribuirá $28 millones de asistencia para el alquiler y servicios públicos a hogares elegibles de bajos ingresos ubicados en el Condado de Monterey que enfrentan inestabilidad de vivienda debido a la pérdida o reducción de ingresos debido a la crisis del COVID-19.

¿Quien es elegible?

Para ser elegible a recibir apoyo de alquiler y servicios públicos a través del ERAP del condado de Monterey, los residentes deben cumplir con los siguientes requisitos y proporcionar los documentos necesarios:

  • Inquilinos que viven dentro del condado de Monterey, independientemente de su estado migratorio
  • Los inquilinos pueden tener acuerdos de arrendamiento formales o informales
  • En o por debajo del ingreso medio del área del Condado de Monterey 80%
    * Programa será priorizar los fondos para los inquilinos de bajos ingresos (por debajo del 50% AMI), así como aquellos que están en riesgo inmediato de la falta de vivienda o tienen atrasos de alquiler
Familiar 1 persona 2 personas 3 personas 4 personas 5 personas 6 personas
80% de IAM $ 54,250 $ 62 000 $ 69,750 $ 77,500 $ 83,700 $ 89,900
50% de IAM $ 33,950 $ 38,800 $ 43,650 $ 48,450 $ 52,350 $ 56,250

 

Para recibir mas informacion o hablar con un miembro de nuestro equipo, por favor llene el formulario que se encuentro abajo en esta pagina.  

Si esta listo a aplicar para recibir ayuda de emergencia, por favor visite esta pagina y siga los pasos necesarios. 

Para mas informacion, por favor llene esta solicitud

Papeleo requerido

Los solicitantes deben proporcionar los siguientes documentos para postularse:

  • Documentación de vivienda o inestabilidad financiera resultante de la pérdida o reducción de ingresos debido a COVID-19
  • Comprobante de elegibilidad de ingresos (declaración de impuestos de 2020, talón de pago reciente, W-2, extracto bancario, subsidio / beneficio de desempleo, aviso de reducción de horas del empleador)
  • Identificación emitida por el gobierno (de cualquier país) que incluya una foto, nombre y fecha de nacimiento del jefe de familia
  • Avisos de pago de alquiler

Limitaciones del programa

  • La asistencia para el alquiler se pagará directamente al propietario.
  • La asistencia para el alquiler más los servicios públicos no puede exceder los 12 meses de asistencia por cliente. De estos 12, solo 3 pueden ser pagos de alquiler futuros. Los atrasos deben pagarse antes de pagos futuros
  • El arrendador debe aceptar SOLO el 80% del pago total adeudado. El inquilino  no está obligado a pagar el 20% adicional si el propietario acepta participar en el programa. Si el arrendador se niega a cumplir, la agencia solo puede pagar el 25% del total del alquiler adeudado.